SCJN avala bloqueo de cuentas por lavado y terrorismo

Redaccion

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  • La Corte pone orden: el Estado sí puede congelar dinero sospechoso sin esperar a que el delito se consume. La decisión fortalece el combate al lavado y corta el discurso de que se trata de “persecución”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la constitucionalidad de la facultad para incluir personas en la lista de bloqueados cuando existan indicios de vínculos con delitos como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

No hay discrecionalidad: hay debido proceso

El Pleno fue claro: el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito no da poder arbitrario.

Al contrario:

Garantiza derecho de audiencia Permite ofrecer pruebas Obliga a que toda decisión esté fundada y motivada

SCJN

Bloqueo de cuentas: medida preventiva, no castigo

El bloqueo:

No declara culpable a nadie

No sustituye al Ministerio Público

Sí evita que el dinero siga fluyendo

Es una medida administrativa para frenar operaciones sospechosas.

México cumple compromisos internacionales

Este fallo también alinea a México con estándares globales contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

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