Sheinbaum revisará cómo Javier Lozano obtuvo certificación con fe pública

  • La presidenta Claudia Sheinbaum anunció que su gobierno revisará cómo Javier Lozano Alarcón, exsecretario del Trabajo durante el sexenio de Felipe Calderón, obtuvo del Poder Judicial del Estado de México una certificación como Persona Facilitadora Privada, figura que cuenta con facultades limitadas de fe pública dentro de los mecanismos alternativos de solución de controversias.

El anuncio ocurrió este jueves durante la conferencia matutina, después de que Máximo Allende, de Subjetivo, preguntó a la mandataria sobre la certificación otorgada a Lozano y sus alcances legales.

“No tenía conocimiento. Si nos permite revisarlo y ver cómo es que obtuvo esta nominación, como tú lo mencionas, y por supuesto el día de mañana o más tarde podemos emitir un comunicado de cómo fue”, respondió Sheinbaum.

El pasado 9 de septiembre, Subjetivo documentó que el Poder Judicial mexiquense certificó a Javier Lozano como Persona Facilitadora Privada.

La constancia fue expedida el 29 de mayo de 2026 en Toluca y está firmada por autoridades del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México.

El propio Lozano posteriormente se presentó públicamente como “Mediador Privado certificado” y difundió que había recibido la constancia correspondiente del Poder Judicial estatal.

La certificación no convierte a Lozano en juez ni le permite dictar unilateralmente sentencias. Lo faculta para intervenir como tercero en mecanismos voluntarios, como la mediación, en los que son las partes quienes buscan alcanzar un convenio.

¿Qué significa la fe pública que recibió Javier Lozano?

La Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias establece que las personas facilitadoras públicas y privadas cuentan con fe pública únicamente para determinados actos.

El artículo 32 permite utilizarla para la celebración de los convenios firmados por las partes, certificar copias de documentos que deban incorporarse a esos acuerdos y expedir copias certificadas de documentación que se encuentre bajo su resguardo.

Por lo tanto, la fe pública otorgada a un facilitador no tiene los mismos alcances generales que las atribuciones de un juzgador.

La legislación también establece requisitos para recibir la certificación, entre ellos contar con título y cédula profesional, ser mexicano en pleno ejercicio de derechos, no haber sido sentenciado por delito doloso y aprobar las evaluaciones determinadas por el Poder Judicial correspondiente.

Convenios pueden alcanzar efectos de cosa juzgada

Uno de los aspectos de mayor alcance de esta figura se encuentra en el artículo 98 de la ley.

Los convenios alcanzados voluntariamente por las partes y suscritos por una persona facilitadora pueden tener efectos de cosa juzgada una vez que cumplen los requisitos legales y son registrados e inscritos en el Sistema de Convenios correspondiente.

Esto significa que un acuerdo celebrado mediante este mecanismo puede adquirir fuerza jurídica para exigir su cumplimiento sin necesidad de iniciar desde cero un litigio ordinario.

Sin embargo, no significa que el mediador decida quién gana una controversia. El mecanismo depende de la voluntad de las partes y la propia ley establece obligaciones de neutralidad, imparcialidad y protección de los derechos involucrados.

Sheinbaum no anunció cancelación de la certificación

La Presidenta señaló que revisará cómo se produjo la certificación, pero durante su respuesta no afirmó que el procedimiento haya sido ilegal ni anunció que el gobierno federal buscará retirar inmediatamente la autorización.

La propia Ley General establece que corresponde al Poder Judicial que certificó a la persona facilitadora otorgar, negar, suspender, revocar o renovar esa acreditación.

En este caso, la certificación fue expedida por el Poder Judicial del Estado de México, por lo que una eventual revisión sobre su vigencia o cumplimiento de requisitos corresponde a las instancias judiciales competentes.

La ley contempla además causas de suspensión o revocación, entre ellas realizar actos de fe pública fuera de los supuestos permitidos, ejercer coacción contra alguna de las partes, delegar la certificación a terceros o incurrir en determinadas faltas previstas por la legislación.

Máximo Allende cuestiona antecedentes de Lozano

Durante la mañanera, Máximo Allende recordó la trayectoria política de Lozano y cuestionó que el exfuncionario tenga ahora facultades para intervenir en acuerdos civiles y mercantiles con efectos jurídicos relevantes.

En la pregunta también hizo referencia al episodio de 2007 en el que el empresario Zhenli Ye Gon atribuyó a Lozano la frase “copelas o cuello”. Lozano negó entonces las acusaciones y aseguró que no conocía al empresario; los señalamientos de Ye Gon contra el exsecretario no fueron acreditados judicialmente.

Lozano también encabezó la Secretaría del Trabajo durante el conflicto derivado de la extinción de Luz y Fuerza del Centro y la confrontación del gobierno de Felipe Calderón con el Sindicato Mexicano de Electricistas.

Gobierno prevé informar resultado de la revisión

Sheinbaum indicó que su administración revisará la información sobre la certificación y planteó la posibilidad de emitir un comunicado con los resultados.

Hasta el momento de la conferencia, la Presidenta señaló que desconocía personalmente el nombramiento y no adelantó alguna conclusión sobre la legalidad del procedimiento mediante el cual el Poder Judicial mexiquense certificó a Lozano.

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