- Mientras millones de personas descansan por las fiestas patrias, restaurantes, hospitales, hoteles, comercios, transporte y otros servicios mantienen operaciones. Si eres una de las personas que trabajará este miércoles 16 de septiembre de 2026, hay algo que debes revisar en tu nómina, pues la Ley Federal del Trabajo establece un pago especial.
El 16 de septiembre es día de descanso obligatorio y, para las relaciones laborales reguladas por la Ley Federal del Trabajo (LFT), quien preste sus servicios ese día tiene derecho a recibir su salario diario normal más un salario doble adicional.
El artículo 74 de la LFT incluye expresamente al 16 de septiembre entre los días de descanso obligatorio. Para 2026, la fecha cae en miércoles y no se recorre al lunes, como ocurre con otras conmemoraciones previstas por la legislación.
Eso también significa que el 15 de septiembre no aparece como descanso obligatorio en la LFT. Una empresa puede concederlo por contrato, prestación o decisión interna, pero no tiene el mismo carácter legal que el día 16.
¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 16 de septiembre?
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que quienes trabajen durante un descanso obligatorio deben recibir, además del salario correspondiente al día, un salario doble por el servicio prestado.
La PROFEDET lo resume como un pago triple.
No significa que únicamente te paguen “el doble”. El salario correspondiente al descanso ya forma parte del cálculo y a éste se agregan otros dos salarios diarios.
¿Y si ganas el salario mínimo?
El salario mínimo general vigente durante 2026 es de 315.04 pesos diarios, mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte alcanza 440.87 pesos diarios, de acuerdo con PROFEDET.
Por lo tanto, para una persona que recibe exactamente el salario mínimo general y trabaja el 16 de septiembre, el equivalente por ese día asciende a 945.12 pesos.
En la Zona Libre de la Frontera Norte, el equivalente asciende a 1,322.61 pesos.
¿La empresa puede pedirte trabajar ese día?
Sí puede existir personal que deba prestar servicios durante un día de descanso obligatorio.
El artículo 75 señala que personas trabajadoras y empleadoras deben determinar cuántos empleados deberán laborar. Quienes finalmente presten sus servicios conservan el derecho al pago especial previsto en la ley.
Así, trabajar el 16 de septiembre no elimina el carácter festivo de la jornada ni convierte automáticamente ese miércoles en un día ordinario de trabajo.
¿Te pueden pagar normal y darte otro día de descanso?
La obligación prevista en el artículo 75 es económica, quien trabaja durante el descanso obligatorio tiene derecho al salario que corresponde al día más un salario doble por el servicio realizado.
Por eso, antes de aceptar que un descanso posterior sustituya el pago, conviene revisar las condiciones específicas del contrato, contrato colectivo o régimen laboral aplicable. Si existe una controversia, PROFEDET puede orientar gratuitamente al trabajador.
¿Qué pasa si trabajas y no te pagan triple?
Si tu relación laboral está regulada por la LFT y trabajaste un día de descanso obligatorio sin recibir la remuneración correspondiente, puedes solicitar orientación ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
La dependencia señala que sus servicios de asesoría y representación son gratuitos y que existe un plazo de un año para reclamar el pago de un día de descanso obligatorio. Actualmente también ofrece orientación mediante la línea 079 del Gobierno de México.





