- La Suprema Corte rompió el molde: por primera vez en más de un siglo, el Pleno sesionó fuera de su sede y lo hizo en territorio, en Tenejapa, Chiapas.
La Corte salió de su sala
Durante décadas, el máximo tribunal operó desde una lógica centralista, todo se decide desde la capital, lejos del lugar donde revienta el conflicto. Esta vez la SCJN quiso mandar un mensaje: una Corte que se mueve, que va al territorio y no solo “atiende” desde el escritorio.
¿Por qué Chiapas y por qué Tenejapa?
La libre determinación indígena y el reconocimiento real de sus formas de organización. El caso que abrió esta modalidad fue el Amparo en Revisión 344/2025, impulsado por autoridades tradicionales tsotsiles de La Candelaria (San Cristóbal de Las Casas), que exigen un marco normativo claro para que sus gobiernos comunitarios sean reconocidos como sujetos de derecho público.
En la sesión, la Corte sostuvo que el Congreso de Chiapas ha caído en una omisión legislativa que impide aterrizar esos derechos. Y fue directa: la libre determinación no puede quedarse en “discurso o papel”.
La decisión incluye dos carriles:
Obligación de legislar para hacer operativos los derechos de autogobierno. Medidas inmediatas para que el gobierno estatal y el ayuntamiento involucrado garanticen el ejercicio efectivo, incluyendo la entrega oportuna de recursos públicos proporcionales.
¿Qué sigue?
La SCJN fijó un plazo de 180 días ligado a la expedición de una Ley General que dotará de contenido el Artículo 2 constitucional (según lo comunicado por la propia Corte). Y además ordenó acciones inmediatas con horizonte de 90 días para garantizar mecanismos y recursos para el autogobierno, de acuerdo con reportes periodísticos del fallo.
