- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó por unanimidad la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del Instituto Nacional Electoral (INE), un mecanismo que permitirá revisar posibles vínculos de aspirantes a cargos públicos con actividades delictivas.
La resolución representó un revés para el PRI, que había impugnado la reforma al considerar que podía vulnerar la presunción de inocencia y restringir el derecho de las personas a ser votadas.
El Pleno de la SCJN avaló el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf y determinó que el mecanismo es constitucional porque tiene carácter preventivo, informativo y voluntario.
La Corte estableció que la revisión no constituye un requisito adicional de elegibilidad, tampoco impide registrar una candidatura ni representa una sanción penal contra las personas evaluadas.
La controversia surgió después de que Alejandro Moreno Cárdenas, dirigente nacional del PRI, promoviera una acción de inconstitucionalidad contra las modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales aprobadas en junio de 2026.
El dirigente priista argumentó que negarse a participar en la revisión podría generar sospechas públicas sobre una candidatura y convertirse en un mecanismo indirecto para afectar su registro.
¿Cómo funcionará la revisión de candidatos?
La Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas podrá recibir solicitudes de los partidos políticos y de candidaturas independientes para revisar determinados perfiles.
El procedimiento requiere el consentimiento de la persona aspirante y la información deberá manejarse de manera confidencial. La Comisión podrá solicitar datos a autoridades de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y del sistema financiero.
Entre las instituciones que podrán intervenir se encuentran fiscalías y autoridades financieras, que deberán elaborar análisis para determinar si existe un “riesgo razonable” de posibles vínculos con actividades delictivas.
Una vez concluida la revisión, el resultado se entregará al partido correspondiente, que decidirá si toma en cuenta la información al momento de registrar a sus candidaturas.
Evaluación no será obligatoria ni vinculante
La SCJN determinó que los resultados de estas evaluaciones no serán vinculantes para el registro de una candidatura.
Los partidos podrán decidir qué perfiles someten a revisión y cada aspirante deberá aceptar expresamente participar en el procedimiento. Negarse no provocará automáticamente la pérdida del derecho a competir por un cargo público.
La Comisión tampoco realizará investigaciones penales directamente. Su función será coordinar las solicitudes con las instituciones competentes y comunicar los resultados obtenidos.
INE prepara mecanismo rumbo a elecciones de 2027
La Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas quedó instalada el pasado 7 de septiembre como un órgano permanente del Consejo General del INE.
El mecanismo será utilizado durante el Proceso Electoral Federal Concurrente 2026-2027 y también contempla solicitudes de información a fiscalías estatales, además de la revisión de personas suplentes y perfiles desde la etapa de precandidaturas.
Con la resolución de la Suprema Corte, continuará vigente el esquema que permitirá a partidos y candidaturas independientes solicitar información institucional sobre posibles riesgos relacionados con las personas que pretendan postular.





