- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), encabezada por Omar García Harfuch, puede continuar el litigio relacionado con contratos penitenciarios otorgados durante la gestión de Genaro García Luna, por un presunto daño al patrimonio federal superior a 5 mil millones de pesos.
Por siete votos contra dos, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf y revocó una sentencia que había cerrado la puerta a la dependencia bajo el argumento de que no tenía legitimación para promover un amparo en defensa de esos recursos.
El punto central no fue determinar todavía si los exfuncionarios cometieron delitos, sino resolver si la SSPC podía acudir al juicio de amparo como representante de la Federación cuando están involucrados recursos públicos que estuvieron bajo su administración.
La Corte concluyó que sí. El proyecto establece que, aunque el dinero pertenece jurídicamente a la Federación y no a la Secretaría, los recursos investigados formaban parte del presupuesto que la dependencia administraba, por lo que existe una relación directa entre las conductas denunciadas y el patrimonio federal.
Con ello, la SCJN corrigió el criterio del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, que en octubre de 2023 había sobreseído el amparo al considerar que la SSPC no podía acreditar una afectación patrimonial.
Contratos de penales durante gobierno de Calderón
El expediente se remonta a contratos para la construcción y prestación de servicios en ocho centros penitenciarios federales ubicados en Chiapas, Michoacán, Durango, Coahuila, Morelos, Sonora, Guanajuato y Oaxaca.
Siete contratos se firmaron el 27 de diciembre de 2010 y uno más el 18 de marzo de 2011, cuando García Luna encabezaba la Secretaría de Seguridad Pública durante el gobierno de Felipe Calderón. Después se suscribieron 76 convenios modificatorios entre 2011 y 2019.
De acuerdo con la teoría presentada por la Fiscalía, funcionarios de aquella dependencia habrían acordado implementar un proceso de adjudicación directa para contratar servicios penitenciarios a largo plazo y posteriormente mantener las condiciones mediante los convenios modificatorios. La acusación señala que las contrataciones carecieron de una justificación normativa adecuada y habrían comprometido recursos públicos.
La SSPC ya había informado en 2021 que los ocho contratos fueron adjudicados directamente y representaban originalmente compromisos por 276 mil 619 millones de pesos. El Gobierno renegoció posteriormente sus condiciones y reportó una reducción de 15 por ciento en sus costos.
FGR imputó a 16 exservidores públicos
La denuncia fue presentada en 2020 contra 16 exservidores públicos. La Fiscalía formuló imputaciones por uso indebido de atribuciones y facultades y, para algunos de ellos, por asociación delictuosa.
Sin embargo, en enero de 2022 un juez de control consideró prescrita la acción penal relacionada con los ocho contratos originales y dictó la no vinculación a proceso y el sobreseimiento parcial. La FGR y la SSPC apelaron, pero un tribunal confirmó la resolución en junio de ese mismo año.
La SSPC llevó entonces el asunto al amparo. El Tribunal Colegiado volvió a cerrarle el paso argumentando que el delito de uso indebido de atribuciones es de naturaleza formal y, por ello, no implicaba necesariamente un daño patrimonial que legitimara a la dependencia para combatir la resolución.
SCJN tumba el argumento que frenó el litigio
La nueva Corte rechazó esa interpretación. Determinó que una cosa es la naturaleza jurídica del delito y otra muy distinta establecer si las conductas investigadas tuvieron efectos económicos reales sobre recursos federales.
El proyecto sostiene que los exservidores investigados presuntamente comprometieron recursos federales administrados por la Secretaría y que impedir el amparo podía cerrar también la posibilidad de buscar una reparación del daño dentro del proceso penal.
La resolución no declara culpables a los 16 exfuncionarios ni revoca directamente la prescripción de los delitos. Tampoco significa que la Corte haya ordenado procesarlos.
Lo que hizo la SCJN fue revocar el sobreseimiento del amparo y devolver el expediente al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, que ahora deberá estudiar nuevamente el caso reconociendo que la SSPC sí tiene legitimación para defender el patrimonio federal.





